¿Por qué proponemos construir un Nuevo Sindicato afiliado a la CTA (Central de Trabajadores Argentinos)?
En muchos lugares de
trabajo de nuestro país, cada vez más sectores de trabajadores abandonan las
organizaciones sindicales históricas y construyen nuevos sindicatos cansados de
las organizaciones que como APUBA se han transformado en apéndices de la parte
patronal, teniendo como objetivo principal prestar servicio a los dirigentes y
establecer relaciones autoritarias y de clientela con los trabajadores.
En la mayoría de estos
casos, las nuevas organizaciones se suman a la CTA, porque consideran que esta Central brinda mayores
posibilidades de luchar contra los intereses de las patronales y, en muchas
ocasiones, también contra las conducciones sindicales burocratizadas que no
quieren que se desarrollen sindicatos democráticos y participativos.
En el ámbito de las
universidades nacionales la creación
de sindicatos o la afiliación a otros sindicatos por fuera de la FATUN es un proceso que se viene realizando desde
hace tiempo existiendo ya sindicatos formados en otras Universidades Nacionales. Por ejemplo, ya es muy alta la
participación de los compañeros y compañeras del SITUNS de Bahía Blanca en la CTA local, y recientemente el sindicato APUNNE de la Universidad Nacional del Nordeste también
se ha sumado a la CTA. Ellos representan a los
trabajadores de esas universidades por fuera de la FATUN/CGT.
En
muchas otras Universidades existen compañeros y compañeras debatiendo la
necesidad de construir un sindicato diferente, cansados de la falta de
participación y de los abusos permanentes de muchos sindicatos de base de la FATUN. Entendemos que sumarnos a la CTA nos dará mayor
respaldo en la lucha por reconquistar nuestros derechos laborales y para
construir un sindicato con una amplia participación democrática para que sea
realmente de todos y todas.
¿Puede
existir más de un sindicato en el mismo lugar de trabajo?
Si. Existen en Argentina
muchísimas experiencias de trabajadores que han roto con sus sindicatos y han
construido sus propias representaciones sindicales con los principios de
solidaridad, lucha y participación. Respetando la democracia y las asambleas
como máximo órgano de decisión de los trabajadores.
Hay legislación
internacional, y en nuestro país, hay fallos de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación que avalan el
legítimo derecho de los trabajadores de conformar sus propios sindicatos y
elegir libremente sus representantes.
La Ley de Asociaciones Sindicales (23.551) no establece una
limitación a la creación de nuevos sindicatos, sino que le otorga la
“personería gremial” a la entidad más representativa dentro del sector de
trabajadores, reconociendo la “inscripción gremial” de las restantes
organizaciones sindicales.
Sin
embargo, en el ámbito de los trabajadores dependientes del Estado (ya sea a
nivel nacional, provincial o municipal), existe de hecho la libertad de
organización sindical, que podemos verificar en la existencia de dos sindicatos
con actuación en los distintos lugares del Estado (UPCN y ATE) y de numerosas
organizaciones sindicales en distintos ámbitos (por ejemplo, en el PAMI, en el
sector docente, entre los trabajadores estatales de la salud de la provincia de
Buenos Aires, etcétera). En muchos lugares del Estado, varios sindicatos
participan de las negociaciones salariales y laborales. De
hecho, en la propia Universidad de Buenos Aires, hay tres organizaciones sindicales
dentro de los docentes universitarios (ADUBA, AGD UBA, FEDUBA).
¿Para ser afiliado hay que ser parte de
alguna Agrupación Sindical?
No, las organizaciones sindicales son del conjunto de los trabajadores, y no deben ser patrimonio de ninguna Agrupación, ni de ningún Partido u Organización política.
Está claro que, al interior
de una organización sindical, pueden existir diferentes agrupaciones de
trabajadores como también trabajadores independientes. Es responsabilidad de
los sindicatos representar al conjunto de los trabajadores de su actividad, más
allá del grado de participación de los diferentes trabajadores y de su acuerdo
o desacuerdo con la conducción de turno.
¿Quien nos representaría en nuestro lugar
de trabajo a los afiliados del Nuevo Sindicato?
La representación en los
lugares de trabajo no sólo está dada por la conducción del sindicato, sino que
también deben existir delegados que representan el sector, que podrán
constituir sus propias comisiones internas representando a los trabajadores del
lugar.
El Cuerpo de Delegados
representa y defiende a los trabajadores
ante la patronal en cada lugar de trabajo, y también representa a los
compañeros de cada sector en la organización sindical.
Hay
muchas formas posibles de organización de los delegados en los lugares de
trabajo (Comisiones Internas, Delegados por sector, Cuerpos de Delegados), que
deberemos ir resolviendo en la práctica en la organización de nuestra nueva
organización sindical.
¿Estoy obligado a votar para
Comisiones internas de APUBA si estoy afiliado al Nuevo Sindicato?
No. Según la Ley 23.551 de Asociaciones Sindicales, las
representaciones gremiales en el lugar de trabajo representan a todos los
trabajadores, afiliados o no a un sindicato. Los delegados sí tienen que estar afiliados
a la organización sindical que convoque a la elección.
Si bien cada trabajador
puede votar para Comisión Interna este o no afiliado al sindicato con
personería gremial, se entiende que al no pertenecer ni sentirse representado
ni defendido por APUBA no habría la necesidad de votar por una Comisión Interna
de APUBA ya que los trabajadores tendríamos otra representación sindical por
fuera de APUBA/FATUN (nuestra propia Comisión Interna que nos represente por
fuera de APUBA).
De hecho, en los lugares
donde existen varios sindicatos de base, pueden existir varias Comisiones
Internas o delegados en los lugares de trabajo, y todos los trabajadores pueden
optar por participar o no en las respectivas elecciones. La votación en ámbitos
sindicales (ya sea para Comisiones Internas, como para direcciones de
sindicato) nunca es obligatoria.
¿Cómo se hace para que el sindicato pueda
formar parte de las Paritarias de la UBA, y a nivel nacional?
En el régimen legal de la Ley 23.551, sólo participan de la
Paritaria los
sindicatos con personería gremial, y es atribución de la
Paritaria (o
Convención Colectiva) firmar y modificar el Convenio Colectivo de Trabajo y los
acuerdos salariales.
En la mayoría de los
sindicatos de la actividad privada, sólo participa el sindicato con personería
gremial en la negociación paritaria, aunque en los últimos años se está
incrementando la cantidad de sindicatos con simple inscripción gremial, o las
representaciones de los trabajadores por empresa, que participan de la
negociación salarial y de condiciones laborales.
En el ámbito estatal, de hecho la situación es muy distinta.
Existen varios sectores donde participan más de un sindicato (en particular, en
el sector docente).
En el caso de los docentes
universitarios (con quienes compartimos los mismos lugares de trabajo), existen
tres Federaciones nacionales que participan de las Paritarias nacionales: la CONADU y la
CONADU Histórica
(afiliadas a la CTA), y la FEDUN (afiliada a la CGT). Además participan de
esa negociación la CTERA (en representación de docentes de escuelas
y colegios secundarios), la UDA (con representación en el mismo sector que
CTERA), y la FAGDTU (la federación de docentes de la
Universidad Tecnológica Nacional).
Por una resolución del
Ministerio de Trabajo del año 2005, los sindicatos estatales que representen a
más del 10 % de los trabajadores de su ámbito de actuación están habilitados
para la participación en la negociación paritaria.
Esta situación será válida
tanto en la representación nacional, como al interior de la Universidad de
Buenos Aires. Finalmente, hay que decir
que el derecho a participar en la negociación de nuestros salarios, condiciones
laborales y sindicales es un derecho que deberá ser conquistado con la
participación y la solidaridad activa de todos los trabajadores que emprendamos
la tarea de impulsar un sindicato que defienda las necesidades e intereses del
conjunto de los compañeros.
¿Modifica en algo mi relación laboral,
sigo estando comprendido dentro del Convenio Colectivo de Trabajo?
No. Mas allá de estar o no afiliado a algún
sindicato, todos los trabajadores que cumplimos funciones no docentes dentro de
las Universidades nacionales nos encontramos enmarcados dentro del Convenio
Colectivo de Trabajo homologado por el decreto 366/06. No modificando esta
relación laboral la pertenencia a alguna entidad sindical.
¿Cómo
se organizarían los trabajadores de las distintas Universidades en esta nueva
organización sindicato?
Nuestra propuesta es
conformar una nueva Federación de Trabajadores de Universidades Nacionales en
nuestro país, que agrupe a los nuevos sindicatos que se están formando en
distintas Universidades, o a sindicatos de base de la FATUN que resuelvan
integrarse a la nueva Federación.
La propuesta es que esta
Federación esté afiliada a la CTA (Central de Trabajadores Argentinos), porque
entendemos que esta determinación nos permitiría organizarnos mejor y con mayor
respaldo a los trabajadores de las Universidades Nacionales.